La Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COESPRIS), te permite tramitar un permiso de publicidad de carácter obligatorio; con la finalidad de proteger a la población contra riesgos sanitarios, provocados por el uso y consumo de bienes, insumos y servicios para la salud.
Lo anterior mediante la regulación, control, fomento y prevención de riesgos sanitarios, sustentado en las disposiciones de la Ley General de Salud.
¿Quiénes deben obtener el permiso?
La tramitación del permiso es obligatoria
para las personas físicas o morales que mediante las herramientas tecnológica se emiten material publicitario de sus productos o servicios como lo son:
Bebidas alcohólicas
Sustancias toxicas
Suplementos alimenticios
Servicios y procedimientos de belleza
Entre otros.
¿Cuándo se realiza la tramitación?
Todo tipo de material publicitario destinado a ser difundido en el territorio nacional, ya sea en anuncios, comerciales, folletos, o redes sociales; debe ser sujeto a evaluación y autorización por parte del personal de la COESPRIS antes de su emisión, todo esto para verificar que dicho contenido publicitario se ajuste a lo dispuesto en la Ley General de Salud y demás disposiciones aplicables.
¿Dónde se presenta?
Al cumplir con los requerimientos establecidos por la COESPRIS, y posterior a la evaluación de
tu material de publicidad, deberás adjuntar un pago de derechos, así como los formatos de solicitud correspondientes, ante la Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.
En Toulet & Gottfried podemos ayudarte a tramitar tu permiso de publicidad, para evitar multas de hasta 4,000 VSM.
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