Durante el mes de diciembre 2019 los patrones debieron realizar la retención a sus trabajadores del Impuesto Sobre la Renta (ISR) y lo debieron presentar mediante la declaración correspondiente, a más tardar el 31 del mismo mes. Con la excepción de aquellos empleados bajo el régimen de sueldos y salarios, que:
Manifestaron por escrito al patrón que ellos presentarían la declaración anual correspondiente.
Hayan obtenido más de $400,000 pesos de ingresos totales en el ejercicio 2019, y
No hayan laborado con el mismo patrón el ejercicio completo (del 1ro. de enero al 31 de diciembre de 2019).
Si el trabajador no se encuentra en ninguno de los casos anteriores, el patrón realizará el cálculo por las retenciones de ISR efectuadas por salarios. A partir del cálculo de la retención se determinan dos casos:
1. Donde el empleado presenta un saldo a favor y este se verá reflejado a favor como ISR retenciones en su recibo de nómina disminuyendo la deducción.
2. Donde se determina un saldo deudor, el patrón esta obligado a retener al empleado el monto adeudado y se reflejara en su recibo de nómina aumentando las deducciones: “ISR retenciones”.
Ahora bien, los patrones no tienen conocimiento de los gastos personales del trabajador y si el trabajador tiene deducciones personales, puede optar por presentar su declaración anual y obtener una posible devolución de impuestos. Si el empleado desea presentar su declaración anual, deberá de informar por escrito al patrón.
Estas son las deducciones personales que como persona física bajo el régimen de sueldos y salarios pueden declararse:
Deducciones de gastos anuales:
Gastos médicos, dentales, de enfermeras y gastos hospitalarios, incluido el alquiler o compra de aparatos para rehabilitación, prótesis, análisis y estudios clínicos.
Lentes ópticos graduados hasta por 2,500 pesos.
Gastos funerarios.
Pagos por primas de seguro de gastos médicos.
Los intereses reales, efectivamente pagados en el ejercicio, por créditos hipotecarios para tu casa habitación.
Donativos.
Transporte escolar obligatorio.
Aportaciones voluntarias al fondo de retiro.
Impuestos locales por salarios.
Colegiaturas (preescolar a preparatoria).
En Toulet & Gottfried contamos con un equipo de contadores con amplia experiencia, que pueden ayudarle en la elaboración de su contabilidad y declaración de impuestos. No dude en acercarse a nuestras oficinas.
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