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¿Ya están Listos? El SAT iniciará Programa de verificación en tiempo real

Lic. Sandra Liliana Morales Caldera | Toulet & Gottfried Abogados y Contadores


En Toulet & Gottfried, comprometidos con el sector empresarial de Ciudad Juárez y El Paso, Tx., brindamos a ustedes “Información con Solución”, por lo que les compartimos que:


El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer a través de su página de Internet, la versión anticipada de la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019.


A efecto de dar cumplimiento a la “colaboración” semestralmente por parte de los contribuyentes, en el programa de verificación en tiempo real; se establece la presentación del “Informe al programa de verificación en tiempo real para contribuyentes de la región fronteriza norte”.

Manos en cojunto con el SAT Mexico

A partir del mes de agosto de 2019 y hasta el primer semestre de 2021, las autoridades fiscales podrán realizar verificaciones en tiempo real a los contribuyentes inscritos en el “Padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza norte”, observándose el proceso legal al que estará sujeto y los siguientes puntos relevantes:


  • La verificación podrá llevarse a cabo en el domicilio fiscal, en la sucursal, en la agencia o en el establecimiento que el contribuyente haya registrado en el “padrón”. La verificación se podrá llevar a cabo en las oficinas de las autoridades fiscales o de manera electrónica.

  • La autoridad podrá solicitar información y documentación durante todo el tiempo que dure la verificación.

  • La autoridad podrá llevar a cabo inspecciones oculares, entrevistas y mesas de trabajo.

  • La autoridad fiscal notificará al contribuyente mediante Buzón

  • Tributario, una solicitud para llevar a cabo la verificación.

  • El plazo máximo para que las autoridades fiscales concluyan la verificación en tiempo real, será de seis meses a partir de la fecha de notificación del oficio.

  • No se considera que la autoridad fiscal ejerce las facultades de comprobación.


Así mismo, mediante la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019, el Servicio de Administración Tributaria contempla lo siguiente:


Presentación del dictamen fiscal 2018, estableciendo como fecha límite el 12 de agosto de 2019, siempre y cuando hubieren cubierto la totalidad de las contribuciones a más tardar el 15 de julio del presente.


Contribuyentes que celebraron operaciones con aquellos que se ubicaron en la presunción del artículo 69-B del CFF, podrán aplicar estímulos fiscales, siempre que corrijan totalmente su situación fiscal, presenten sus declaraciones normales o complementarias, consideren su corrección como definitiva y no hubieran interpuesto algún medio de defensa.


Gente trabajando en oficina en Mexico

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